La línea delgada entre estrategia y riesgo
Existen muchos casos en el mercado peruano en el que crear una nueva empresa desde la propia suele verse como una decisión inteligente: permite separar unidades de negocio, organizar mejor los recursos, distribuir riesgos o planificar un crecimiento futuro. Sin embargo, en la práctica, muchas de estas creaciones no responden a una verdadera reorganización, sino a un intento de aligerar obligaciones tributarias o laborales.
Ahí aparece el riesgo. Lo que nació como una solución administrativa puede ser interpretado por la SUNAT o SUNAFIL como una simulación o escisión artificial. Y cuando eso ocurre, los efectos pueden ser severos: multas, recalificación, pérdida de beneficios y, en casos extremos, responsabilidad penal.
El principio olvidado: la sustancia económica
El punto de quiebre siempre es el mismo: ¿existe o no sustancia económica y trazabilidad? Una reorganización legítima debe tener un propósito empresarial real, demostrable y coherente. Por ejemplo, dividir operaciones para atraer nuevos socios, optimizar la gestión, o aislar riesgos patrimoniales de una unidad específica, debidamente sustentados en un informe por profesional independiente.
En cambio, una estructura creada solo para mover planillas o reducir cargas y crear un escudo fiscal ficticio no resiste una verificación técnica. La SUNAT aplicará el principio de realidad económica (art. 62 del Código Tributario) y la SUNAFIL el principio de primacía de la realidad (art. 9 del D.S. 003-97-TR), teniendo en cuenta el cruce de información y la predictibilidad que hoy la SUNAT y otras instituciones usan, incluido inteligencia artificial. Las entidades mirarán más allá del papel: evaluarán si existe dirección común, flujo económico único o dependencia laboral compartida.
Cuando eso ocurre, la nueva empresa desaparece jurídicamente ante sus ojos. Ambas entidades pasan a considerarlas una sola empresa.
Señales de alerta que los auditores chequean
Hay ciertos indicios que delatan una estructura artificial. Si alguno de estos puntos ocurre, el riesgo de observación es alto:
- La nueva sociedad solo tiene planilla, pero no factura ni genera ingresos.
- Comparte local, administración o gerente con la empresa original.
- Los trabajadores siguen órdenes del mismo jefe o supervisor o gerente.
- Los pagos de planilla o beneficios se hacen desde la cuenta bancaria de la otra empresa.
- No existen contratos ni actas con fecha cierta que sustenten el traslado.
Cualquiera de estas condiciones basta para que se acredite unidad empresarial o simulación.
Cómo sanear lo ya hecho (y dormir tranquilo)
Si la nueva empresa ya está operando, el camino no es deshacerla, sino ordenar y formalizar lo que ya existe. Los pasos mínimos incluyen:
- Firmar actas tripartitas entre ambas empresas y los trabajadores, formalizando la sustitución de empleador.
- Celebrar contratos reales entre las sociedades (servicios, arrendamiento, cesión de activos o marca).
- Elaborar un informe de sustancia económica, donde se explique el propósito y beneficio empresarial del cambio.
- Separar contabilidad, cuentas bancarias y planillas.
- Emitir un informe de sinceramiento empresarial, que documente la corrección del modelo y la buena fe directiva.
Estas acciones permiten acreditar que el cambio fue genuino y evitar que SUNAT o SUNAFIL lo reinterpreten como maniobra evasiva.
El fondo siempre vence a la forma
La creación de una nueva empresa no es, por sí misma, un problema. El verdadero error está en hacerlo sin propósito económico, sin trazabilidad documental y sin estructura operativa real.
En tiempos donde la fiscalización es más técnica y transversal, el fondo siempre termina imponiéndose sobre la forma. Por eso, el verdadero blindaje legal no consiste en multiplicar RUCs, sino en construir estructuras coherentes, sostenibles y verificables. Una reorganización bien diseñada es una herramienta de gestión; una simulación mal diseñada es una contingencia esperando explotar.
¿Tu empresa está realmente reorganizada o solo dividida en el papel?
En FLP Abogados & Economistas hemos diseñado un Checklist Preventivo de Reorganización Empresarial, basado en criterios de SUNAT, SUNAFIL y la Ley General de Sociedades. Este instrumento permite detectar, en pocos minutos, si tu estructura cumple con los estándares mínimos o si enfrenta riesgo de recalificación.

