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Límite a la Deducción de Intereses Financieros: ¿Cómo Calcular el EBITDA Tributario en 2025?

Por FLP Abogados & Economistas| Área de Cumplimiento Tributario y Legal Corporativo

En el marco del Decreto Legislativo N.º 1424 y su reglamento, el Decreto Supremo N.º 402-2021-EF, las empresas peruanas y más aún, las pymes deben cumplir con un límite específico para la deducción de gastos financieros en el Impuesto a la Renta. Esta normativa, vigente en el 2025, establece que los intereses netos deducibles no pueden superar el 30% del EBITDA tributario, un aspecto clave para la planificación fiscal de empresas con estructuras financieras apalancadas y tratamiento intra empresas o intra socios.

¿En qué consiste la norma?

La regulación limita la deducción de intereses netos al 30% del EBITDA tributario del ejercicio, aplicable a personas jurídicas domiciliadas en Perú, salvo excepciones. Este mecanismo busca prevenir la erosión en la base imponible mediante estructuras de sobreendeudamiento, alineándose con las recomendaciones del Plan BEPS de la OCDE.

EBITDA: Concepto y Aplicación Práctica

El EBITDA (Earnings Before Interest, Taxes, Depreciation, and Amortization) es un indicador financiero importante para las Pymes y toda empresa que busque apalancamiento, este en crecimiento o tenga relación de financiamiento con terceros, ya que permite evaluar la rentabilidad operativa sin intervención de gastos financieros o tribuitarios. En términos simples, muestra cuánto genera una empresa a partir de su actividad principal antes de considerar costos externos como impuestos o intereses de préstamos.

¿Por qué es relevante para las Pymes?

Las pequeñas y medianas empresas suelen enfrentar desafíos financieros como acceso limitado a crédito, fluctuaciones en costos operativos y presión fiscal. El EBITDA les ayuda a:

  • Medir la eficiencia operativa sin distorsiones contables.
  • Comparar su desempeño con otras empresas del sector.
  • Tomar decisiones estratégicas sobre inversión, financiamiento y expansión.
  • Evaluar la capacidad de pago antes de asumir nuevas deudas.

Fórmula del EBITDA para PYMEs

EBITDA=Ingresos – Costos operativos + Depreciación + Amortización EBITDA = Ingresos – Costos operativos + Depreciación + Amortización

Este cálculo permite a los empresarios entender si su negocio es rentable antes de considerar factores externos.

Ejemplo práctico

Una PYME de consultoría tiene los siguientes datos:

  • Ingresos por servicios: S/500,000
  • Costos operativos (sueldos, alquiler, suministros): S/250,000
  • Depreciación de equipos: S/20,000
  • Amortización de software: S/10,000

El cálculo del EBITDA sería:

EBITDA = 500,000−250,000+20,000+10,000 = 280,000EBITDA = 500,000 – 250,000 + 20,000 + 10,000 = 280,000

Este resultado indica que la empresa genera S/280,000 antes de considerar impuestos e intereses, lo que le permite evaluar su capacidad de inversión y financiamiento.

Cálculo del EBITDA Tributario

El EBITDA tributario se calcula conforme al artículo 37 de la Ley del Impuesto a la Renta, sumando los siguientes conceptos a la renta neta del ejercicio, luego de compensar pérdidas tributarias:

  • Intereses netos del ejercicio.
  • Depreciación contable y tributaria.
  • Amortización acumulada.

Caso especial: Si la renta neta es cero o negativa, el EBITDA tributario será igual a la suma de los intereses netos, la depreciación y la amortización deducidas en el ejercicio.

¿Qué sucede si los intereses exceden el límite?

Los intereses netos que superen el 30% del EBITDA no son deducibles en el ejercicio, pero pueden arrastrarse para su deducción en los cuatro ejercicios siguientes, siempre que no haya vencido este plazo. Es crucial respetar el orden cronológico, deduciendo primero los intereses más antiguos.

Buenas Prácticas para 2025

Para optimizar la deducción de intereses financieros y cumplir con la normativa, recomendamos:

  • Simular el EBITDA tributario durante el ejercicio, especialmente en escenarios de pérdidas o reinversiones significativas.
  • Controlar los intereses no deducidos, registrando su año de origen para gestionar correctamente el arrastre.
  • Evitar estructuras de financiamiento agresivas sin sustento económico, ya que podrían ser fiscalizadas por SUNAT.
  • Integrar esta limitación en la planificación fiscal, especialmente en operaciones con partes vinculadas o préstamos intragrupo.

Caso Práctico

Una tienda online de productos tecnológicos tiene los siguientes datos:

  • Ventas: S/1,200,000
  • Costos de compra y logística: S/600,000
  • Gastos administrativos y marketing: S/200,000
  • Intereses de préstamos: S/100,000
  • Impuestos: S/150,000
  • Depreciación de equipos y almacén: S/40,000
  • Amortización de plataforma web: S/30,000

El cálculo del EBITDA tributario sería:

EBITDA=Ventas – Costos – Gastos + Depreciación + Amortización EBITDA = Ventas – Costos – Gastos + Depreciación + Amortización

EBITDA=1,200,000−600,000−200,000+40,000+30,000=470,000EBITDA = 1,200,000 – 600,000 – 200,000 + 40,000 + 30,000 = 470,000

Consideración tributaria: El límite de intereses deducibles será:

Límite de intereses deducibles=470,000×30%=141,000Límite de intereses deducibles = 470,000 \times 30\% = 141,000

Como los intereses de financiamiento son S/100,000, pueden ser deducidos completamente.

Reflexión Final

La limitación a la deducción de intereses financieros no solo es un requisito normativo, sino también una oportunidad para optimizar la estructura financiera de las empresas. En FLP Abogados & Economistas, combinamos expertise legal y tributario para diseñar estrategias que maximicen la rentabilidad con pleno cumplimiento normativo.

¿Necesitas evaluar si tu empresa está deduciendo correctamente sus intereses financieros?

Contáctanos en consultas@flp.pe o visita www.flp.pe para más información.

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