Reformas Tributarias y Corporativas 2026: Guía Práctica para Empresas en Perú

Por David Lao

dlao@flp.pe

A partir del 1 de enero de 2026 entra en vigencia un paquete relevante de modificaciones tributarias y corporativas que reconfigura el entorno empresarial peruano. Estos cambios no se limitan a ajustes normativos aislados: responden a una lógica de mayor coherencia económica, fiscalización inteligente y exigencia de sustancia real en las operaciones.

El impacto no es solo fiscal. Las empresas deben revisar estructuras societarias, esquemas de financiamiento, relaciones entre vinculadas y prácticas de gobierno corporativo. En este nuevo escenario, la planificación deja de ser una opción táctica y pasa a ser una decisión estratégica de negocio.

Impuesto a la Renta y estándares BEPS: impacto del MLI

La entrada en vigor del Instrumento Multilateral (MLI) de la OCDE modifica de forma sustancial los convenios para evitar la doble imposición que el Perú mantiene con diversos países, entre ellos Chile, México, Brasil y Canadá.

Este instrumento incorpora cláusulas antiabuso y estándares BEPS que afectan directamente a:

  • estructuras holding y subsidiarias en el extranjero,
  • pagos transfronterizos y retenciones en la fuente,
  • esquemas tradicionales de inversión internacional,
  • uso de jurisdicciones intermedias sin actividad real.

Las pruebas de propósito principal y los requisitos de sustancia económica obligan a reevaluar estructuras que, aunque formalmente válidas, carecen de lógica operativa. En este contexto, la planificación internacional debe estar alineada con funciones reales, personal, activos y riesgos efectivamente asumidos.

Rentas de primera categoría: cambio en el criterio de imputación

Desde 2026 se modifica el criterio de imputación de rentas por arrendamiento, las cuales pasan a reconocerse cuando se perciben efectivamente, y no cuando se devengan.

Este cambio impacta en operaciones de:

  • arrendamiento corporativo,
  • sale & leaseback,
  • financiamiento inmobiliario estructurado.

Las empresas deberán ajustar sus proyecciones financieras y flujos de caja, especialmente aquellas con contratos de largo plazo o esquemas de financiamiento respaldados en activos inmobiliarios.

Régimen MYPE 2026: oportunidad con cumplimiento estricto

Con la UIT 2026 fijada en S/ 5,500, los nuevos umbrales del Régimen MYPE son:

  • Microempresas: hasta S/ 825,000 de ventas anuales (150 UIT).
  • Pequeñas empresas: hasta S/ 9,350,000 de ventas anuales (1,700 UIT).

El régimen mantiene tasas progresivas relevantes:

  • 10% sobre las primeras 15 UIT de renta neta.
  • 29.5% sobre el exceso.

Desde el punto de vista laboral, los beneficios continúan siendo diferenciados. Las microempresas no están obligadas a pagar CTS, gratificaciones ni utilidades, mientras que las pequeñas empresas asumen obligaciones laborales parciales.

La Ley 32353 introduce un mecanismo de tolerancia de tres años para empresas que superen temporalmente los límites, permitiéndoles permanecer en el régimen antes de migrar al régimen general.

No obstante, existe una restricción crítica: las empresas vinculadas que en conjunto superen los límites quedan excluidas del régimen. En grupos familiares o económicos, una estructura mal diseñada puede eliminar completamente el beneficio.


Beneficios sectoriales vigentes para 2026

Se mantienen regímenes especiales para sectores estratégicos, con incentivos como:

  • tasas reducidas de Impuesto a la Renta,
  • deducciones adicionales por contratación,
  • créditos tributarios por reinversión,
  • depreciación acelerada.

Los sectores beneficiados incluyen el agrario, agroexportador, agroindustrial, textil, confecciones, acuicultura y turismo.

Estos beneficios requieren una estructuración adecuada. No basta con pertenecer al sector: es indispensable cumplir condiciones operativas, contractuales y financieras que acrediten el derecho al incentivo.


ZEDT y ZEEP: polos de inversión con estabilidad tributaria

Las Zonas Especiales de Desarrollo Turístico (ZEDT) contemplan tasas de 0% de Impuesto a la Renta durante los años iniciales de operación. Por su parte, las Zonas Económicas Especiales Privadas (ZEEP) ofrecen tasas reducidas por períodos de hasta 25 años, con estabilidad tributaria.

Aprovechar estos regímenes exige:

  • vehículos de propósito especial correctamente diseñados,
  • pactos de accionistas que protejan la inversión,
  • contratos que aseguren la estabilidad tributaria obtenida,
  • coherencia entre la operación real y la estructura legal.

Sin esta arquitectura, los beneficios se diluyen rápidamente ante una fiscalización.


Precios de transferencia: mayor nivel de escrutinio

Para 2026 se mantienen obligaciones estrictas en materia de precios de transferencia:

  • Reporte Local: ingresos superiores a 2,300 UIT y operaciones con vinculadas mayores a 400 UIT.
  • Reporte Maestro: grupos con ingresos consolidados superiores a 20,000 UIT.
  • Reporte País por País: grupos con ingresos consolidados superiores a S/ 2,700 millones.

El cumplimiento exige sistemas de información integrados, documentación contemporánea y coordinación con matrices y vinculadas. Las sanciones por incumplimiento son significativas y suelen desencadenar fiscalizaciones amplias.


SUNAT 4.0: fiscalización predictiva con IA y big data

La SUNAT ha consolidado un modelo de fiscalización inteligente basado en inteligencia artificial y análisis masivo de datos. El enfoque ya no es reactivo, sino predictivo.

Hoy, la Administración Tributaria detecta inconsistencias antes de iniciar una fiscalización formal y emite alertas preventivas, especialmente en:

  • gastos personales indebidos cargados a la empresa,
  • uso de comprobantes falsos o sin sustento económico real.

En precios de transferencia, los algoritmos identifican:

  • márgenes que se apartan del mercado,
  • flujos intragrupo inconsistentes con las funciones declaradas,
  • estructuras complejas sin sustancia económica,
  • operaciones financieras intragrupo no competitivas.

El cruce masivo de información incluye acceso a registros electrónicos, cuentas financieras, metadatos de facturación y comparecencias remotas. El control ya no espera el error: lo anticipa.


Recomendaciones estratégicas

Para todas las empresas:

  • Revisar estructuras societarias bajo estándares BEPS.
  • Fortalecer control interno y gobierno corporativo.
  • Implementar políticas de compliance tributario documentadas.
  • Verificar obligación de beneficiario final.

Para PYMEs:

  • Proyectar ventas considerando la tolerancia del régimen MYPE.
  • Calcular correctamente los costos laborales.
  • Evaluar separación de líneas de negocio si están cerca de los umbrales.

Para empresas familiares:

  • Diseñar planes de sucesión.
  • Estructurar holdings o fideicomisos según objetivos patrimoniales.
  • Formalizar la incorporación de nuevas generaciones.

Para grupos multinacionales:

  • Validar estructuras internacionales bajo el MLI.
  • Actualizar estudios de precios de transferencia.
  • Coordinar reportes maestro y país por país.

Conclusión

El entorno tributario y corporativo 2026 es más técnico y más fiscalizado, pero también ofrece oportunidades claras para quienes adoptan una visión estratégica. La clave está en integrar la planificación tributaria con la estrategia empresarial, fortaleciendo el gobierno corporativo y los sistemas de cumplimiento.

Hoy, contar con asesoría especializada no es un costo: es una inversión en sostenibilidad, control del riesgo y crecimiento ordenado. Las empresas que actúen de forma proactiva estarán mejor posicionadas para cumplir la ley, optimizar su carga fiscal y sostener su competitividad en el tiempo.

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